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Folio No. : 73/2002-2003
Asunto: Escritos entregados con esta fecha al Lic. Vicente Fox Quesada y
al C.P. Roberto Álvarez Argüelles, con respecto al plazo del dictamen fiscal
2002
A TODOS LOS COMITÉS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS DEL IMCP
Como seguimiento a los Folios
71 y 72 del 29 de abril y 5 de mayo de 2003 respectivamente, nos permitimos
acompañar copia de los escritos presentados el día de hoy tanto al Lic. Vicente
Fox Quesada, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, como al
C.P. Roberto Álvarez Argüelles, Administrador General de la Auditoría Fiscal
Federal, y a las autoridades mencionadas en dichos escritos.
Consideramos que el IMCP ha
permanecido atento a las diversas inquietudes expresadas por muchos colegas y
que se encuentra en este momento de manera integral y permanente atendiendo este
asunto, por lo que los mantendremos informados de sus avances
Sin más por el momento,
envío a ustedes un cordial saludo.
Atentamente,
*El
original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
C.P.C. Jorge Resa Monroy
Presidente
c. c. Comité Ejecutivo Nacional
2002-2003

6 de mayo de 2003
Lic. Vicente
Fox Quesada
Presidente
Constitucional de los
Estados
Unidos Mexicanos
Presente.
Muy
Distinguido Señor Presidente:
Nos permitimos distraer su amable
atención para plantearle un problema que requiere de solución inmediata y que de
acuerdo con el camino que ya hemos recorrido con las diferentes instancias de la
Secretaría de Hacienda y Crédito y del Servicio de Administración Tributaria,
nos atrevemos a aseverar que sólo usted tendría la facultad de aceptar la
petición que hemos efectuado, en nombre de la contaduría pública organizada y
que hoy el sucrito representa a través de este Instituto.
El Instituto Mexicano de
Contadores Públicos, AC, es una asociación profesional fundada en 1923, que
agrupa 61 Colegios Federados y aproximadamente a 20,000 socios a nivel nacional.
Es hoy por hoy el organismo nacional con mayor representatividad para nuestra
profesión.
La reforma al artículo 49 del
Reglamento del Código Fiscal de la Federación, vigente a partir del 22 de mayo
de 2002, establece que “Los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados
financieros, así como los contribuyentes que opten por hacerlo, deberán
presentar la documentación a que se refiere el artículo 50 de este
Reglamento………Dicha presentación deberá efectuarse mediante el envío de
documentos digitales a más tardar durante el mes de mayo del año inmediato
posterior a la terminación del ejercicio fiscal de que se trate…….”
Hasta antes de esta modificación
la presentación del dictamen fiscal se podía hacer a más tardar en el mes de
julio, contándose con la posibilidad de que la autoridad concediera una prórroga
de un mes, si ésta era plenamente justificada.
La mayoría de los contribuyentes
que se dictaminan para efectos fiscales presentan su declaración anual en el mes
de marzo si son personas morales o en abril si son personas físicas, entenderá
Distinguido Señor Presidente, usted que ha sido empresario, que los tiempos para
efectuar una revisión son muy cortos y que ello pone en riesgo la calidad en la
revisión fiscal de los contribuyentes, que puede ir en detrimento de la
recaudación que, nos imaginamos, es el único motivo por el cual el SAT se ha
mostrado inflexible en el respeto de la fecha establecida del mes de mayo de
2003, para entregar a esa autoridad la información sobre la revisión de la
situación fiscal de los contribuyentes dictaminados.
La posición del SAT ha provocado
un ambiente de extremo desaliento entre los contribuyentes y sus dictaminadores,
al no encontrar una respuesta y un apoyo a nuestra auténtica y legítima petición
de otorgar un mes más para poder concluir venturosamente este trabajo que
representa, desde su creación en 1959, un enorme apoyo al Erario Público para
poder llegar a los niveles de recaudación de contribuciones previstos por la Ley
de Ingresos de la Federación.
Señor Presidente, consideramos que
en un ambiente democrático y de plena libertad que ha sido imperativo de su
mandato, se requiere que la autoridad escuche y atienda nuestras razones,
eminentemente técnicas, para solicitar un mes más en el plazo fijado por el
Reglamento del Código Fiscal de la Federación, es decir entregar el resultado de
la revisión de la situación fiscal de los contribuyentes obligados y voluntarios
a más tardar el 30 de junio de 2003.
La Contaduría Pública y los
contribuyentes, seguramente sabrán recompensar el esfuerzo que el Ejecutivo haga
en favor de otorgar la prórroga solicitada, con un esfuerzo conjunto de imprimir
un grado mayor de calidad en la revisión fiscal del año 2002,
Le reiteramos las seguridades de
nuestra mayor consideración y alta estima.
Atentamente,
C.P.C.
Jorge Resa Monroy
Presidente
del Comité Ejecutivo Nacional 2002-2003
c.c.p. Lic.
Francisco Gil Díaz.- Secretario de Hacienda y Crédito Público
Lic. Rubén Aguirre Pangburn.-
Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público, y Presidente
del Servicio de Administración Tributaria
C.P.C.
Roberto Álvarez Argüelles.- Administrador General de Auditoría Fiscal Federal
Presidentes de los Colegios Federados al IMCP.

6 de mayo de 2003
C.P. Roberto
Álvarez Argüelles
Administrador
General de Auditoría Fiscal Federal
Servicio de
Administración Tributaria
Secretaría de
Hacienda y Crédito Público
P r e s e n t
e
Estimado
Contador Álvarez Argüelles:
Me refiero a su oficio
324-SAT-0209 de fecha 30 de abril de 2003, en donde recibimos respuesta a
nuestros escritos dirigidos a esa y otras autoridades, relativos a nuestra
legítima petición de ampliar el plazo para la presentación de los dictámenes
fiscales del ejercicio 2002, a más tardar el 30 de junio próximo por las razones
ya expresadas en nuestras anteriores comunicaciones y que en los años
posteriores se respete esa misma fecha.
De la misma manera solicitamos que
en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento se incorporen las fechas
aludidas en el párrafo anterior y que cualquier cambio posterior se lleve a cabo
mediante un proceso legislativo, para otorgar seguridad jurídica tanto a los
contribuyentes como a los contadores públicos que dictaminan su situación
fiscal.
En uso de nuestro derecho de
petición, establecido en el artículo 8 de nuestra Carta Magna, realizamos tal
solicitud, no obstante esa Autoridad nos contesta haciendo alusión simplemente a
sus comunicados anteriores, sin respetar lo establecido por la fracción III del
artículo 38 del Código Fiscal de la Federación, que establece que “Los actos
administrativos que se deben notificar deberán tener por lo menos los siguientes
requisitos: …III. Estar fundado y motivado y expresar la resolución, objeto o
propósito de que se trate”.
Me permito una vez más expresarle
mi preocupación en el sentido de que técnicamente será imposible entregar la
totalidad de los dictámenes fiscales en la fecha establecida en el artículo 49
del Reglamento del multicitado Código, o sea en el mes de mayo de 2003.
Seguramente se verán afectados infinidad de contribuyentes que no cuentan con
una estructura administrativa tal que les permita entregar en tiempo y forma la
información que debe ser revisada por su auditor en un plazo muy breve, con las
consecuencias no deseables de errores que pudiesen afectar en la recaudación y
fiscalización previstas por las autoridades.
La preocupación de la Contaduría
Pública crece cada día que pasa y es evidente el descontento que ello ha
generado, tanto entre los contribuyentes que dictaminan sus estados financieros
para efectos fiscales, como en los propios auditores que visualizan un grave
problema al no concluir su revisión a tiempo o concluirla con deficiencias.
Apelo a su buen juicio y sentido
de justicia para que esa Autoridad nuevamente revise esta situación y tenga a
bien conceder lo solicitado. Creo que en este sentido ganaremos todos. La
posición inflexible de la Autoridad -desafortunadamente- está generando
resultados contrarios a los previstos y deseables.
Atentamente,
C.P.C.
Jorge Resa Monroy
Presidente
del Comité Ejecutivo Nacional 2002-2003
c.p. Lic.
Vicente Fox Quesada.- Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
Lic.
Francisco Gil Díaz.- Secretario de Hacienda y Crédito Público
Lic.
Rubén Aguirre Pangburn.- Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda
y
Crédito Público, y Presidente del Servicio de Administración Tributaria
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