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Fiscoactualidades núm. 31
domingo, 15 de junio de 2003
Indice de Artículos
Fiscoactualidades núm. 31
Reglamentacion establecida...
Dictamen Fiscal
Evaluacion a la actuacion...
Falta de cumplimiento...
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C.P.C. JOSE LUIS DOÑEZ L
Miembro de la Comisión ante las Administraciones de  Fiscalización del SAT


EL DICTAMEN FISCAL ANTECEDENTES, REGLAMENTACION Y ESTADISTICAS DE EVALUACION DE LA ACTUACION PROFESIONAL DEL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO


INTRODUCCION

Hace 44 años que surgió el dictamen de estados financieros para efectos fiscales, denominado abreviadamente “Dictamen Fiscal”. Esta figura surge mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de abril de 1959. En esta fecha se integro la Dirección de Auditoría Fiscal Federal, el Registro de Contadores Públicos dictaminadores y la posibilidad de que los contribuyentes utilizaran los servicios profesionales de auditores externos, quienes después de haber realizado una auditoría de los estados financieros de una entidad, expresan en su informe, además de su opinión sobre los propios estados financieros el resultado de la revisión sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales de ese contribuyente, de está forma dio inicio el Dictamen Fiscal. Este es una derivación de la auditoría de los estados financieros, y constituye una actividad importante, privativa y exclusiva de la contaduría pública, por ser la única profesión autorizada para ejercer la práctica profesional de dictaminador, t

Tenemos la preparación, experiencia y autorización legal para su ejercicio. Esto obliga al IMCP a manifestarse respecto a las disposiciones que rigen su operatividad y a mantener comunicación permanente con la administración general de auditoria fiscal federal (AGAFF), dependencia usuaria del citado dictamen y responsable de su administración. (Véase en Anexo I, la evolución del marco legal y nominativo del dictamen fiscal)

Como un proceso continuo en la revisión de los dictámenes fiscales emitidos por los contadores públicos, es incuestionable que la autoridad tiene la responsabilidad de vigilar mediante la fiscalización el trabajo efectuado por los dictaminadores, de esta forma se identifica la calidad de los trabajos, y se desarrolla un proceso evaluatorio que se aplica de acuerdo a los establecido en el CFF y sus reglamentos, artículos 52 (III) y 57 del RCFF.

 

ANEXO 1

 

 

EVOLUCIÓN DEL MARCO LEGAL Y NORMATIVO DEL DICTAMEN FISCAL

FECHA

TIPO DE DISPOSICIÓN

CONTENIDO

21/04/1959

DECRETO PRESIDENCIAL

Se creó la Dirección de Auditoria Fiscal Federal, como órgano fiscalizador de los impuestos federales y se estableció el Dictamen Fiscal.

01/04/1967

CÓDIGO FISCAL

Entra en vigor un nuevo Código Fiscal que contiene en su artículo 85, los requisitos fundamentales del Dictamen Fiscal, así como las sanciones para el Contador Público que no cumpla con los mismos.

01/04/1967

ART. 2o. TRANSITORIO DEL CÓDIGO FISCAL

Se derogó el decreto del 21 de Abril de 1959.

13/01/1972

REGLAMENTO

Reglamento del Funcionamiento de la Dirección General de Auditoria Fiscal Federal

09/04/1980

REGLAMENTO

Reglamento del artículo 85 del Código Fiscal, que regula diversos aspectos inherentes al contenido y funcionamiento del Dictamen Fiscal.

01/01/1983

CÓDIGO FISCAL

Entra en vigor un nuevo Código Fiscal, el cuál rige hasta la fecha, y en su artículo 52 se incluyen las disposiciones normativas de carácter general, aplicables al Dictamen Fiscal.

29/02/1984

REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL

En los artículos 45 a 58, se establecen disposiciones relacionadas con el funcionamiento del Dictamen Fiscal, como son: Registro de contadores, Avisos de Dictaminación, plazos, contenido de los Dictámenes e Informes Fiscales, etc.

01/01/1991

CÓDIGO FISCAL

Se estableció el Dictamen Fiscal obligatorio para Empresas o Personas Físicas con actividad empresarial, que se encontraran en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 32 A.

31/03/1992

REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL

Art. 45 Obligación de cumplir con la norma de actualización profesional continua.

31/03/1992

REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL

Art.49 Presentación  en disco magnético del Dictamen del Ejercicio 1991.

29/12/1997

CÓDIGO FISCAL

Se suprime la obligación de presentar aviso para los obligados al Dictamen(32 a antepenúltimo párrafo).

29/12/1997

CÓDIGO FISCAL

Art. 52 fracción I inciso A) EL contador Publico Registrado que dictamina, debe tener una antigüedad mínima de 3 años como miembro de un colegio de Contadores reconocido por la SEP.

27/03/1998

REGLA MISCELÁNEA

Se emiten las reglas misceláneas, para presentar Dictamen en SIPRED.

29/12/1998

LEY DE INGRESOS

Art. 21, Dictamen para condonación de recargos.

31/12/1998

CÓDIGO FISCAL

32 a antepenúltimo párrafo; el aviso de Dictamen de operativos se presenta a más tardar el 31 de Diciembre del ejercicio que se desea dictaminar.

31/12/1998

CÓDIGO FISCAL

Art. 91 a y 91 B, se dan a conocer sanciones para contadores públicos.

24/06/1905

REGLA MISCELÁNEA

Presentación del dictamen fiscal vía Internet de acuerdo al calendario por orden alfabético.

22/08/2001

REGLA MISCELÁNEA

DE D.O.

Se propone tomar opción de prrsentación del dictamen en fiscal vía Internet por los dictámenes terminados el 31 de diciembre de 2000.

Se completa la obligatoriedad para presentar los dictámenes al 31 de Diciembre de 2001 vía Internet Decimoséptima resolución (Regla 2.10.9)

21/05/2002

REGLAMENTO DEL CODIGO FISCAL

Se modifica el plazo para presentar los dictámenes fiscales en el mes de mayo vía Internet.

El Articulo Segundo transitorio amplia el plazo de prsentación hasta Julio de 2002, para los dictámenes del 31 de Diciembre de 2001

 

 

 

FUENTE: Servicio de Administración Tributaria (SAT), Enero del 2003.

 


FUENTE: Servicio de Administración Tributaria (SAT), Enero del 2003.



 
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