|
CNSF emite reglas para seguros de gastos médicos |
|
jueves, 20 de octubre de 2005 |
La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) divulgó la
circular que regulará los criterios de los contratos de seguros de
gastos médicos mayores y accidentes. El documento precisa las nuevas
disposiciones para la cláusula de enfermedades preexistentes, que es...
cuando la aseguradora rechaza el pago de la póliza bajo el argumento de
que el cliente ya tenía cierto padecimiento antes de contratar el
seguro y no lo declaró en el cuestionario médico. En
el proyecto se establece que la compañía sólo podrá rechazar una
reclamación por un padecimiento preexistente cuando cuente con las
pruebas documentales del asegurado, es decir, mediante un expediente
clínico que contenga un diagnóstico de un médico autorizado o pruebas
de laboratorio.
También, la aseguradora tendrá la facultad de negar la indemnización
cuando, previo a la celebración del contrato, el asegurado haya hecho
gastos comprobables para recibir un tratamiento de la enfermedad
preexistente.
http://www.eluniversal.com.mx/finanzas/48003.html
|