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Si usted realiza declaración de impuestos debe tramitar su Firma Electrónica Avanzada, porque a partir de enero del 2006 será indispensable para cualquier trámite fiscal, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación.
Lo anterior lo dijo Felipe León Gámez, socio de impuestos de la firma Deloitte. Los únicos exentos de tal obligación son los asalariados o personas con ingresos por intereses inferiores a los 300 mil pesos mensuales, las personas morales dedicadas a la agricultura y ganadería, así como los inscritos en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos), agregó. Los contribuyentes del sector primario continuarán presentando su declaración en papel cada semestre, mientras que los Repecos lo harán por ésta vía en forma bimestral. Para obtener la firma electrónica se debe hacer una cita en una de las administraciones locales o módulos del SAT. Allí se debe presentar original y copia de la Clave Única de Registro de Población, del acta de nacimiento, de la credencial de elector y comprobante de domicilio. Junto con esos documentos, los contribuyentes deberán llevar un disco magnético de 3.5 pulgadas con un archivo que se genera a través de un programa denominado Solcedi, disponible en la página www.sat.gob.mx. Además, presentar por duplicado un formato impreso con información completa de la solicitud de certificado de Firma Electrónica Avanzada, que puede bajarse de la página del SAT en internet. |