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Avíse al patrón si presenta declaración |
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miércoles, 14 de diciembre de 2005 |
 Los trabajadores que optaron por presentar declaración anual del 2005 porque tienen deducciones personales que aplicar, tienen hasta el 31 de diciembre para avisarle a su patrón.
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), quienes percibieron en el año ingresos por sueldos y salarios menores a los 300 mil pesos, no están obligados a presentar declaración anual, por lo que deben comunicar por escrito a su patrón que optaron por presentar esta información por su cuenta. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que en caso de no cumplir con este requisito, no procederá la devolución de impuestos que le resultara al trabajador en su declaración anual.
Raúl Montemayor Cárdenas, síndico del contribuyente, explicó que esto se hace con el objetivo de que la empresa no haga el cálculo anual del impuesto que le corresponde al trabajador por todo el ejercicio fiscal.
Recordó que los empleados pueden aplicar deducciones personales como intereses reales hipotecarios, seguro de gastos médicos, lentes graduados, donativos, gastos médicos y hospitalarios, así como gastos funerales. |