 Las noticias más recientes que emite el IASB (International Accounting Standards Board), son sobre los temas que está trabajando al cierre del 2005, entre los que destaca uno en conjunto con la FASB (Financial Accounting Standards Board).
Al cierre de 2005, IASB está trabajando en los siguientes temas:
Marco Conceptual
IASB y FASB tienen un proyecto conjunto de desarrollo de un marco conceptual conjunto. Los temas discutidos son:
Beneficios frente al costo (fase A del proyecto) – Los beneficios de una norma contable deben de justificar los costos asociados a ella (relación costo-beneficio visto como una restricción). Los preparadores de normas (standard setters) en sus deliberaciones deben de considerar la información que van a obtener al emitir una norma.
Definición de activo (fase B del proyecto) – Actualmente IASB ha propuesto la siguiente definición de activo, la cual sigue en análisis:
“Un activo de una entidad es un derecho presente, u otro medio de acceso a un recurso económico existente con la capacidad de generar beneficios económicos a la entidad”.
Entidad que reporta (fase D del proyecto) – Se está profundizando en temas relativos al concepto de “la entidad que reporta” como:
• Hasta dónde se delimita la entidad que reporta para los casos de: entidades individuales y grupos que reportan.
• En la identificación de las entidades que reportan, no se debe especificar que se limita a aquellas entidades con usuarios externos que no pueden solicitar información de forma directa.
• Entidades en las que la controladora (parent-only) es la entidad que reporta.
• La delimitación de un grupo que reporta, debe ser basado en un concepto más amplio que el concepto de control (p.e. entidades bajo control común).
• Es probable que no sea necesario utilizar el término de “entidad que reporta”.
Contratos de seguros
IASB actualmente analiza puntos relativos a:
• Cómo una aseguradora debe contabilizar los flujos de caja derivados de contratos que dependen del comportamiento del tenedor de la póliza, ya que en algunos casos, el tenedor de la póliza tiene el derecho de cancelar el contrato de forma anticipada. En ciertas situaciones, se beneficia a la aseguradora y en otros no.
• Discusión y análisis de cuatro posibles modelos para los contratos de seguro de vida. Dos de los cuatro modelos están basados en el costo y los otros dos, son modelos basados en el valor corriente o actual.
Convergencia en el corto plazo – impuestos sobre la renta
El IASB consideró los siguientes puntos generados en la auscultación de las modificaciones a la NIC-12, Impuesto sobre la renta:
• El tratamiento de los activos y pasivos en los que su registro contable inicial difiere de su base fiscal (tax base).
• El reconocimiento de los impuestos diferidos activos y pasivos que surjan del reconocimiento inicial del crédito mercantil.
• La asignación de los componentes fiscales de la utilidad o pérdida y del capital.
• La transferencia de activos dentro de un mismo grupo.
Valor razonable
El proyecto busca definir los lineamientos de medición del valor razonable cuando una norma haga referencia a él. Los temas que se están discutiendo son:
Definición de Valor Razonable: IASB analizó las diferencias entre la definición de ellos del valor razonable frente a la definición del borrador del FASB. IASB decidió adoptar la definición de FASB, sujeta ampliar conceptos como “mercado de referencia”. El borrador de FASB define al valor razonable como:
“la cantidad que se recibiría por un activo o se pagaría por transferir un pasivo en una transacción entre participantes del mercado de referencia del activo o del pasivo”.
“Puttable Instruments” a su valor razonable
IASB estudia modificaciones a la NIC 32 que clasificaría los instrumentos financieros “puttable” a su valor razonable como capital, si ciertas condiciones se cumplen.
Normatividad para PYMEs
Continúa la discusión en relación a las posibles modificaciones en el reconocimiento y valuación para las PYMEs.
El Consejo ha tomado las siguientes decisiones en relación a las normas para las PYMEs: • Mantener el requerimiento del método del interés efectivo de la NIC 39.
• Crear dos categorías de activos financieros: aquellos con un precio observable en el mercado y otros.
• Es opcional la reevaluación de propiedad, planta y equipo de la NIC 16 y la de los activos intangibles de la NIC 38. En la norma PYME, se hará una referencia cruzada a esas normas.
• La norma PYME relativa a la NIC 18, no debe hacer referencia al “component depreciation”.
• En relación a la frecuencia de medición de las inversiones en propiedades, la norma debe incluir dos modelos: el modelo de costo-depreciación-deterioro y el modelo de valor razonable. La valuación a valor razonable será requerida, pero una valuación anual no debe ser especificada.
• El modelo de reevaluación de inversión en propiedades, establecido en la NIC 16, no debe ser utilizado por las PYMEs.
Negocios conjuntos
El Consejo, considerando el proyecto de convergencia, decidió que la opción de consolidación proporcional de la NIC 31 debe ser eliminada.
Sin embargo, el Consejo decidió que la definición de negocio conjunto de la NIC 31, no establece adecuadamente la diferencia entre negocio conjunto y una participación no dividida en los activos y pasivos de un convenio conjunto (undivided interest in the assets and liabilities of a joint arrengement).
DP = Discussion Paper ED = Exposure Draft IASB = International Accounting Standards Board IAS = International Accounting Standard IFRIC= International Financial Reporting Interpretations Committee IFRS = International Financial Reporting Standard
*Información disponible al 17 de febrero de 2006. |