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FIFA busca acabar con apuestas ilegales, corrupción y prácticas prohibidas
miércoles, 21 de junio de 2006
ImageLa Federación internacional de Fútbol Asociación (FIFA) cuenta con una nueva Comisión de Ética independiente. El pasado 8 de junio, en Múnich, el Congreso de la FIFA, con 180 votos a favor y 15 en contra, instituyó dicha instancia que se convierte en el tercer órgano jurisdiccional en los Estatutos de la FIFA.

También se enmendó el Art. 60 de los Estatutos de la FIFA como último trámite para que sea compatible con el Código de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA). Al cierre del Congreso el Presidente de la FIFA Joseph S. Blatter anunció formalmente su candidatura para la renovación de su mandato en 2007.

La Comisión de Ética trabajará en base a un nuevo Código Ético que todavía está en proceso de elaboración por parte del Comité Ejecutivo de la FIFA. La Comisión de Ética y Deportividad actual se convertirá en la nueva Comisión de Deportividad y Responsabilidad Social, cuyas competencias se establecerán en un cuaderno de obligaciones adaptado (aprobada por 188 votos a favor y 6 en contra).

La creación de una Comisión de Ética como órgano jurisdiccional independiente responde a los desafíos actuales del fútbol tales como las apuestas ilegales, manipulaciones, casos de corrupción y otras prácticas prohibidas.

Los delegados también votaron, con 199 votos a favor y 2 en contra, por la enmienda del Art. 60 de los Estatutos de la FIFA, que se ajusta así a las normativas de la (AMA), mediante la cual se podrán interponer recursos de apelación ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) en Lausana contra toda decisión relacionada con el dopaje que sea definitiva después de los procesos correspondientes a través de todas las instancias deportivas.

En las últimas semanas, los especialistas de la FIFA y de la AMA llegaron también a un acuerdo respecto a la aplicación de las sanciones. La infracción de dopaje que se cometa por primera vez será sancionada en principio con una pena de dos años y, en caso de reincidencia, con una suspensión de por vida. Por el contrario, la AMA reconoce de forma expresa el derecho de la FIFA a la gestión individual de los casos.

Gracias a esta modificación en los Estatutos y a las enmiendas aprobadas previamente por el Comité Ejecutivo en el Código Disciplinario y el Reglamento del Control de Dopaje, la FIFA ha logrado armonizar su reglamentación con el Código de la AMA, institución que ya lo ha confirmado por escrito.

De las 207 asociaciones presentes, Cabo Verde y Guinea-Bissáu no tenían derecho de voto, debido a que no habían cumplido con la obligación de participar en un mínimo de competiciones de la FIFA. Por tanto, sólo 205 asociaciones pudieron emitir su voto, con lo cual eran necesarios 103 votos para la mayoría simple y 154 para la mayoría de las tres cuartas partes que exigen los Estatutos.

Otras decisiones:

" Art. 13, apartado 1 de los Estatutos: La adaptación de esta disposición - con 202 votos a favor y 1 en contra - concede a la FIFA el derecho de ejecutar las sentencias del TAS frente a los clubes.

" Art. 20 del Reglamento de aplicación de los Estatutos: Con 201 votos a favor y 1 en contra, la redacción del nuevo artículo pone a disposición del Comité Ejecutivo de la FIFA un instrumento para concretar las medidas elaboradas por el Task Force "For the Good of the Game" y aprobadas por el Congreso.

" Mediante una adenda en el Art. 6 de los Estatutos se sentaron las bases a fin de que el futsal se dispute en todo el mundo de acuerdo con las mismas Reglas de Juego, tal como han sido promulgadas por el Comité Ejecutivo de la FIFA.

 

(Fuente: Fifa.com)

 

 
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