Únicamente se cubrirá una cuota cuando sean las dependencias o entidades quienes soliciten la presencia de un testigo social; sin embargo, cuando sean los testigos sociales quienes soliciten participar, los gastos en que incurran serán por cuenta de ellos.
Además de los requisitos señalados anteriormente, se debe cumplir con lo siguiente: Presentar solicitud de registro por escrito, acompañada con la documentación expuesta anteriormente, firmado de manera indelegable por el solicitante, donde debe señalar las razones por las cuales pretende obtenerlo, dicha solicitud deberá entregarse en la Dirección General Adjunta de Normatividad Inmobiliaria, Bienes Muebles e Información Técnica, en las Oficinas de la Secretaría de la Función Pública. Cuando la documentación se encuentre incompleta, se hará del conocimiento del solicitante, a más tardar a los dos días hábiles siguientes de haberla presentado. Los testigos sociales acreditados, serán registrados mediante una clave alfanumérica. La dirección responsable analizará las solicitudes y el perfil de la persona u organización interesada, y procederá a otorgar o negar el registro, después de haber analizado que la documentación es legítima y veraz. A las personas, físicas o morales, que se les otorgue el registro se les dará de alta en el Registro de Testigos Sociales y se incorporarán en la página electrónica de la Secretaría de la Función Pública. Otras consideraciones El Comité podrá efectuar sugerencias que considere necesarias para mejorar la participación de los testigos sociales, sobre su calificación, la cual se basará en los resultados de las encuestas que se realicen entre los licitantes, proveedores contratistas y los servidores públicos y un control de los resultados que se obtengan por la participación de éstos en las contrataciones. Para información detallada consultar la página www.funcionpublica.gob.mx., donde se encontraran: Los lineamientos para la Regulación de los Testigos Sociales en las contrataciones de las Dependencias y Entidades, el Instructivo para el Registro de los Testigos Sociales y una relación de personas físicas y morales inscritas a la fecha. |