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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP
Con el propósito de fomentar el crecimiento de la membresía y, conjuntamente apoyar las finanzas de los colegios federados, el Comité Ejecutivo Nacional del IMCP, en su Décima Junta del período 2005-2006, acordó lo siguiente:
1. El IMCP bonificará a los colegios federados, el importe de las cuotas causadas que correspondan al crecimiento promedio obtenido en la membresía; tomando como base de comparación, el promedio correspondiente al período del 1° de enero al 31 de diciembre de 2005, por cada tipo o categoría de socios, clasificada como: socios, maestros, estudiantes y novatos.
2. Se cuantificará, en su caso, el crecimiento en el promedio de la membresía anual por tipo o categoría de socios, respecto al promedio de 2005; y el IMCP bonificará a los colegios federados, el importe de las cuotas causadas que correspondan a ese crecimiento, durante los años de 2006, 2007 y 2008. Este cálculo se efectuará a más tardar el 31 de enero del año siguiente, una vez que los colegios hubiesen entregado la información del cuarto trimestre.
3. La bonificación correspondiente se aplicará a la cuenta de cada colegio en el mes de febrero del año siguiente, siempre y cuando en esa fecha esté al corriente en el pago de los adeudos contraídos con el IMCP.
4. Este acuerdo tendrá una vigencia de tres años, contados a partir de 2006.
5. En caso de existir alguna situación que requiera de aclaración y no esté prevista en este acuerdo, se someterá a consideración de un comité integrado por el Presidente, Vicepresidente General, Tesorero, Director Ejecutivo y Presidente de la Comisión Nacional de Membresía del IMCP, quienes resolverán el caso por mayoría de votos.
6. Para ilustrar la aplicación de este acuerdo, se acompañan tres ejemplos.
Reciban un cordial saludo.
*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
C.P.C. Alberto Álvarez del Campo Presidente
c. c. Comité Ejecutivo Nacional 2005-2006
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