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Elementos para la correcta presentación del dictamen fiscal al Infonavit
miércoles, 29 de noviembre de 2006

ImageLos contribuyentes que conforme al Código Fiscal de la Federación están obligados a dictaminarse fiscalmente, deben presentar al Infonavit, mediante del Sistema para el Cumplimiento de Obligaciones Patronales (SICOP), los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones que presentaron ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante el Sistema de Presentación de Dictamen (SIPRED). 

Los Patrones obligados y que cuentan con trabajadores, a fin de llevar a cabo este trámite deberán ingresar, en la sección de empresarios, a la página del Infonavit www.infonavit.gob.mx, acceder al Módulo Dictamen Fiscal del SICOP, y enviar la siguiente documentación: Carta de presentación. El patrón o su representante legal deberá firmar electrónicamente el formato de la Carta de Presentación.

Anexos. Son referentes a las contribuciones que por concepto de Aportaciones Patronales se presentaron en el dictamen fiscal a través del SIPRED, el patrón debe capturarlos en el sistema del SICOP, estos son: Anexo 5. Análisis Comparativo de las Subcuentas de Gastos.

Anexo 8. Relación de Contribuciones a cargo del contribuyente en su carácter de retenedor.

Anexo 11. Relación de Contribuciones por Pagar Acuse de recibo. El SAT se lo envía de forma electrónica al contribuyente por la presentación del dictamen fiscal mediante el SIPRED, y éste se deberá digitalizar y enviarse al Infonavit como archivo adjunto del SICOP.

Opinión e informe. Que se presentó en el dictamen fiscal mediante el SIPRED, también deberán digitalizar y enviarse como archivo adjuntos del SICOP.

Digitalizar. Es pasar un documento a través de un escáner y guardarlo en disco flexible o duro como un archivo de imagen (extensiones pdf, gif o jpg).

Se deberá enviar un archivo por documento. Los contribuyentes obligados que no hayan tenido trabajadores a su servicio durante el ejercicio dictaminado, deberán declarar tal situación, usando el SICOP.

Las empresas para cumplir con su obligación deberán presentar su información en los 15 días hábiles posteriores a aquel en que se venza el plazo para presentarlo ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Para aquellos patrones de reciente inscripción deberán considerar que para cumplir con su obligación el obtener a través del portal de Internet, www.infonavit.gob.mx, su clave de acceso para el SICOP y deberán presentarse personalmente en el Área de Fiscalización en Delegaciones Regionales, o en su caso, en la Gerencia de Fiscalización del Distrito Federal según corresponda a su domicilio fiscal, con identificación oficial y poder notarial, para la recepción de su firma electrónica.

 

(Fuente: Periódico El Economista)

 

 
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