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Nuevos beneficios al evitar la Doble Tributación entre México y Canadá |
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escrito por Colegio de Contadores Públcos de México
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lunes, 21 de mayo de 2007 |
El pasado 10 de abril de 2007 se dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación, la aprobación por parte del Senado de la República del Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Canadá para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, firmado en la Ciudad de México, el doce de septiembre del 2006
Este Convenio prevé dentro de su clausulado, que entrará en vigor en la fecha en que los estados contratantes lleven a cabo el intercambio de notas diplomáticas, notificándose entre sí que todos los procedimientos han sido realizados para que el Convenio surta sus efectos entre los gobernados de México y de Canadá, según sea el caso. A partir de esta aprobación por parte del Senado, se espera que en el corto plazo se haga del conocimiento del público que dichas notas diplomáticas han sido efectivamente intercambiadas. En general, se prevé que los beneficios previstos en este nuevo Convenio entren en vigor a partir del 1 de enero siguiente al año, en el que el intercambio de notas anteriores tenga lugar, y a partir de ese momento reemplazará al convenio signado el año de 1991 con nuestro socio comercial del norte. |