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El RFC es obligatorio para cada uno de los socios o accionistas de una empresa |
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escrito por CP Samantha Lira Mandujano
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lunes, 13 de agosto de 2007 |
El Servicio de Administración Tributaria ha detectado en sus sistemas inconsistencia referente a la situación que guardan los socios accionistas de los contribuyentes personas morales en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
La inconsistencia consiste en no estar inscritos en él o no tener activa la obligación fiscal de socios o accionistas, lo que implica una omisión fiscal tanto para el contribuyente como para los accionistas.
Los socios o accionistas de una compañía con fines de lucro deben solicitar su inscripción al RFC y tener activa dicha obligación, como lo indica el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación en su segundo párrafo.
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