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Condiciones para la devolución del IVA con declaratoria
escrito por CPC Ana Elizabeth Figueroa Esquivel   
lunes, 13 de agosto de 2007
ImageDe conformidad con el Código Fiscal de la Federación (CFF), las autoridades fiscales están obligadas a devolver a los contribuyentes, tanto las cantidades pagadas indebidamente, como las que procedan conforme a las leyes fiscales.

En esta ocasión, trataremos lo relativo a la devolución de saldos a favor por concepto de impuesto al valor agregado, mismos que de conformidad con el artículo sexto de la ley de la materia, serán susceptibles de acreditarse contra el IVA a cargo correspondiente a los siguientes meses hasta agotarlo, solicitar su devolución, o compensarlo contra otros impuestos (compensación universal).

La ley establece expresamente que la devolución deberá solicitarse sobre el total del saldo a favor, y en caso de que se opte por compensar, y resulte un remanente del saldo a favor, por éste procederá la devolución, siempre que se solicite por el total pendiente de compensar.

 
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