LEADERBOARD_PODER_ESCUCHAN
Banner AMECE 276x90
Logo IMCP
INICIOFOLIOSFOROS IMCPREVISTA CPTIENDA IMCP
 
 
Inicio
 
14 de diciembre
escrito por DOF   
martes, 14 de diciembre de 2004

Image 

Secretaría de Hacienda y Crédito Público


I. Formatos Guía del Anexo 16-A de la Resolución Miscelánea para 2004.

Se publicaron los Formatos Guía A y B del Anexo 16-A de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004, publicada el 19 de noviembre de 2004, mismos que se refieren a lo que se señala a continuación:

•  Formato Guía para la Presentación del Dictamen Fiscal de Estados Financieros, aplicable a las Sociedades Controladoras y Controladas, por el Ejercicio Fiscal de 2004.

•  Formato Guía para la Presentación del Dictamen Fiscal de Estados Financieros, Aplicable a las Instituciones de Crédito por el Ejercicio Fiscal de 2004.

II. Decreto que contiene las disposiciones relativas al otorgamiento del aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal de 2004.

El día de hoy, se publicó el decreto que establece las disposiciones relativas al otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año, correspondiente al ejercicio fiscal de 2004, que efectúen las siguientes:

•  Las dependencias de la Administración Pública Federal, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados y a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; así como la Presidencia de la República , la Procuraduría General de la República y los tribunales administrativos. Para los efectos del presente Decreto, las referencias a las dependencias de la Administración Pública Federal comprenden a todas las instancias señaladas en esta fracción, y

•  Las entidades de la Administración Pública Federal.

Quienes serán sujetos de las presentes disposiciones, conforme a los esquemas de: remuneración, retribución, cuota de pensión o haber de retiro, son:

•  Los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuya relación jurídica de trabajo se regula por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, y

•  En forma extensiva, como un acto jurídico del Ejecutivo Federal, orientado en principios de justicia y equidad a:

•  El personal operativo de confianza de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

•  El personal de enlace y funcionarios públicos de confianza de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y del Servicio Exterior Mexicano que se encuentre cumpliendo funciones en territorio nacional;

•  El personal del Servicio Exterior Mexicano y asimilado a éste, que se encuentre en las representaciones de México en el extranjero;

•  El personal militar en activo;

•  Las personas físicas contratadas para prestar sus servicios profesionales bajo el régimen de honorarios y con cargo a recursos de servicios personales, que prestan sus servicios a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, al Servicio Exterior Mexicano y a las Fuerzas Armadas;

Las personas que reciban haberes de retiro, pensión militar, pensión civil y de gracia; así como los deudos de dichas personas a quienes se les haya otorgado una pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o con cargo al erario federal,
o de alguno de ellos en su conjunto, por lo que recibirán la gratificación correspondiente a cada concepto. Se incluyen a los veteranos de la Revolución que disfruten de una pensión con cargo al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de cuota adicional con cargo al erario federal, quienes recibirán la gratificación correspondiente por esos conceptos.

Secretaría de Economía

El día de hoy se publicó lo siguiente:

a) El acuerdo que modifica al diverso por el que se aprueban los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Consejo de Recursos Minerales, el Fideicomiso de Fomento Minero y la Procuraduría Federal del Consumidor.

b) La Resolución final del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de poliéster fibra corta, mercancía clasificada en las fracciones arancelarias 5503.20.01, 5503.20.02, 5503.20.03 y 5503.20.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, que sean originarias de la República de Corea, independientemente del país de procedencia.

 
< Anterior   Siguiente >
 
 
 
Términos relevantes
Últimos Archivos
Icono de archivo Estar boletinado no es tan Malo
(IDC)

Icono de archivo Emprender en Asia sí es Posible
(IDC)

Icono de archivo Anexo Folio 4
(Folios (2009))

Icono de archivo Revista CP Nov/2008
(Revista CP)

Icono de archivo Acciones ante Efectos Económicos
(IDC)

Icono de archivo Segunda de Votación Estatutos 26_11_08
(IMCP)

Boletín IMCP
Manténgase al día con nuestros
boletines informativos
ingrese aquí
 
 
Al visitar esta página, usted está de acuerdo con los Términos del Servicio
Copyright © 2008 IMCP ::: Instituto Mexicano de Contadores Públicos. All Rights Reserved. Todos los Derechos Reservados.