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DOF 21 de Septiembre
escrito por DOF   
viernes, 21 de septiembre de 2007
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INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

*    Acuerdo ACDO-HCT-150807/336.P.(D.I.R.), relativo a las Reglas a que se refiere el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones del campo y trabajadores eventuales del campo, publicado el 24 de julio 2007

El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social dio a conocer el Acuerdo ACDO-HCT-150807/336.P.(D.I.R.), relativo a las Reglas a que se refiere el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones del campo y trabajadores eventuales del campo, publicado el 24 de julio 2007.

Mediante dicho Acuerdo se establece lo siguiente:

1.    Se aprobaron las reglas a que se refiere el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones del campo y trabajadores eventuales del campo, publicado en el DOF el 24 de julio de 2007.

2.    Instruir a las Direcciones de Incorporación y Recaudación, de Prestaciones Médicas, y de Prestaciones Económicas y Sociales, para que establezcan los procedimientos técnicos, operativos, y los formatos necesarios, conforme a su competencia, para la aplicación de las citadas Reglas Generales y para resolver las dudas o aclaraciones que formulen los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada y sus Órganos Operativos.

3.    Las Subdelegaciones del Instituto, dentro de su circunscripción territorial, en el ejercicio de sus facultades de asistencia al patrón, deberán realizar acciones para informar al patrón del campo y demás sujetos obligados, acerca del contenido del Decreto antes citado, así como del contenido y alcance de la Reglas Generales aprobadas mediante este Acuerdo.

4.    Este acuerdo y las Reglas Generales que se aprueban, deberán publicarse en el DOF y entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación.

5.    Instruir a la Dirección Jurídica para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de que se realice la publicación mencionada en el DOF.

BANCO DE MÉXICO

*    Indicadores Económicos

•    Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana  $10.9687 M.N.

•    Tasa de interés interbancaria de equilibrio (TIIE):

           A plazo de 28 días, 7.6918 por ciento.



 
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