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29/2007-2008 Precisiones en torno a la fecha para presentar pago provisional del IETU de enero
escrito por IMCP   
lunes, 18 de febrero de 2008

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP

Asunto:        Precisiones en torno a la fecha para presentar el pago provisional del IETU del mes de enero.

La Vicepresidencia Fiscal del IMCP a cargo del C.P.C. Carlos Cárdenas G., en base al convenio de difusión celebrado con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), da a conocer el comunicado mediante el cual, la autoridad fiscal precisa algunos detalles relacionados con la presentación del pago provisional del IETU correspondiente a enero de 2008.

El Lic. Augusto Langner Minne, Administrador Central de Promoción y Vigilancia del Cumplimiento del SAT, nos solicitó que difundiéramos a la profesión contable, el comunicado de prensa número 05/2008 de fecha 12 de febrero de 2008, en donde se precisa que no se tiene contemplada ninguna prórroga para la presentación del pago provisional del IETU de enero de 2008, por lo que deberá presentarse a más tardar el lunes18 de febrero del presente ejercicio. No obstante lo anterior, los contribuyentes podrán aplicar el beneficio de presentar los pagos provisionales considerando el sexto dígito numérico del Registro Federal de Contribuyentes, de acuerdo con el artículo Cuarto del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2002, en las siguientes fechas:

 

Sexto dígito numérico del RFC

Fecha límite de pago

1 y 2

Día 17 más un día hábil

3 y 4

Día 17 más dos días hábiles

5 y 6

Día 17 más tres días hábiles

7 y 8

Día 17 más cuatro días hábiles

9 y 10

Día 17 más cinco días hábiles

 

 

Este beneficio no le es aplicable, entre otros, a los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales ni a las sociedades mercantiles que cuenten con autorización para operar como sociedades controladoras o sociedades controladas, en los términos del decreto señalado.

Sírvanse encontrar adjunto el comunicado de prensa número 05/2008, así como la imagen del applet y de la hoja de ayuda para efectos del pago del IETU y el decreto del 31 de mayo de 2002.

Estamos a sus órdenes para cualquier observación o sugerencia sobre el particular, para que si las hubiera, procedamos a efectuar las propuestas necesarias con el personal del SAT y fomentar el cumplimiento de las obligaciones en materia fiscal en una forma sencilla y accesible.

Reciban un cordial saludo.

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
                                                                          
C. P. C. Jaime Sánchez Mejorada Fernández
Presidente


c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2007-2008

El contenido de este folio, es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.


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