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DOF 3 de Junio
escrito por DOF   
jueves, 03 de julio de 2008

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Resumen de lo publicado en el Diario Oficial de la Federación:

Fecha

Dependencia

Documento

Concepto

3 de julio de 2008

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Acuerdos

Acuerdo por el que se modifica el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Baja California, y se suscribe el Anexo No. 8 de dicho Convenio.

Acuerdo por el que se modifica el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Colima, y se suscribe el Anexo No. 8 de dicho Convenio.

3 de julio de 2008

Banco de México

Indicadores

Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana.

Tasa de interés interbancaria de equilibrio a 28 días.

Tasa de interés interbancaria de equilibrio a 91 días.

Equivalencia de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América, correspondiente al mes de junio de 2008.

 

BANCO DE MÉXICO


* Indicadores Económicos

• Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana $10.3722 M.N.

• Tasa de interés interbancaria de equilibrio (TIIE):

A plazo de 28 días, 8.1900 por ciento.

A plazo de 91 días, 8.3800 por ciento.

BANCO DE MEXICO

TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.

TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA
PAGADERAS EN LA REPUBLICA MEXICANA

Con fundamento en el artículo 35 de la Ley del Banco de México; en los artículos 8o. y 10o. del Reglamento Interior del Banco de México, y en los términos del numeral 1.2 de las Disposiciones Aplicables a la Determinación del Tipo de Cambio para Solventar Obligaciones Denominadas en Moneda Extranjera Pagaderas en la República Mexicana, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 1996, el Banco de México informa que el tipo de cambio citado obtenido el día de hoy conforme al procedimiento establecido en el numeral 1 de las Disposiciones mencionadas, fue de $10.3722 M.N. (DIEZ PESOS CON TRES MIL SETECIENTOS VEINTIDOS DIEZMILESIMOS MONEDA NACIONAL) por un dólar de los EE.UU.A.

La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país.

Atentamente

México, D.F., a 2 de julio de 2008.- BANCO DE MEXICO: El Director de Operaciones, Francisco Javier Duclaud González de Castilla.- Rúbrica.- El Director de Disposiciones de Banca Central, Fernando Luis Corvera Caraza.- Rúbrica.

TASA de interés interbancaria de equilibrio a 28 días.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.

TASA DE INTERES INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO

Según resolución de Banco de México publicada en el Diario Oficial de la Federación del 23 de marzo de 1995, y de conformidad con lo establecido en el Anexo 1 de la Circular 2019/95, modificada mediante Circular-Telefax 4/97 del propio Banco del 9 de enero de 1997, dirigida a las instituciones de banca múltiple, se informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días, obtenida el día de hoy, fue de 8.1900 por ciento.

La tasa de interés citada se calculó con base a las cotizaciones presentadas por: BBVA Bancomer, S.A., Banco Santander S.A., Bank of America México S.A., ING Bank México S.A., Deutsche Bank México, S.A., Banca Azteca S.A. y Banco Mercantil del Norte S.A.

México, D.F., a 2 de julio de 2008.- BANCO DE MEXICO: El Director de Operaciones, Francisco Javier Duclaud González de Castilla.- Rúbrica.- El Director de Disposiciones de Banca Central, Fernando Luis Corvera Caraza.- Rúbrica

TASA de interés interbancaria de equilibrio a 91 días.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.

TASA DE INTERES INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO

Según resolución de Banco de México publicada en el Diario Oficial de la Federación del 23 de marzo
de 1995, y de conformidad con lo establecido en el Anexo 1 de la Circular 2019/95, modificada mediante Circular-Telefax 4/97 del propio Banco del 9 de enero de 1997, dirigida a las instituciones de banca múltiple,
se informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 91 días, obtenida el día de hoy,
fue de 8.3800 por ciento.

La tasa de interés citada se calculó con base a las cotizaciones presentadas por: BBVA Bancomer, S.A., Banco Santander S.A., Bank of America México S.A., ING Bank México S.A., Deutsche Bank México, S.A., Banca Azteca S.A. y Banco Mercantil del Norte S.A.

México, D.F., a 2 de julio de 2008.- BANCO DE MEXICO: El Director de Operaciones, Francisco Javier Duclaud González de Castilla.- Rúbrica.- El Director de Disposiciones de Banca Central, Fernando Luis Corvera Caraza.- Rúbrica.

EQUIVALENCIA de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América, correspondiente al mes de junio de 2008.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.

EQUIVALENCIA DE LAS MONEDAS DE DIVERSOS PAISES CON EL DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CORRESPONDIENTE AL MES DE JUNIO 2008.

Con fundamento en el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación y en los artículos 8o. y 10o. de su Reglamento Interior, el Banco de México da a conocer para efectos fiscales, la cotización de las monedas de diversos países contra el dólar de los EE.UU.A., observada en los mercados internacionales al cierre del mes de junio de 2008.

País (1)

Moneda

Equivalencia de la moneda extranjera en dólares de los E.E.U.U.A.

Africa Central

Franco

0.00240

Albania

Lek

0.01290

Antillas Holandesas

Florín

0.55866

Arabia Saudita

Riyal

0.26667

Argelia

Dinar

0.01591

Argentina

Peso

0.33050

Australia

Dólar

0.95960

Bahamas

Dólar

1.00000

Bahrain

Dinar

2.65252

Barbados

Dólar

0.50000

Belice

Dólar

0.50759

Bermuda

Dólar

1.00000

Bolivia

Boliviano

0.13889

Brasil

Real

0.62298

Bulgaria

Lev

0.80528

Canadá

Dólar

0.98590

Chile

Peso

0.00192

China

Yuan

0.14573

Colombia

Peso (2)

0.52881

Corea del Norte

Won

0.00690

Corea del Sur

Won (2)

0.96073

Costa Rica

Colón

0.00192

Cuba

Peso

1.00000

Dinamarca

Corona

0.21127

Ecuador

Dólar

1.00000

Egipto

Libra

0.18704

El Salvador

Colón

0.11426

Emiratos Arabes Unidos

Dirham

0.27225

Eslovaquia

Corona

0.05195

Estonia

Corona

0.10069

Etiopía

Birr

0.10366

Estados Unidos de América

Dólar

1.00000

Federación Rusa

Rublo

0.04267

Fidji

Dólar

0.66670

Filipinas

Peso

0.02234

Ghana

Cedi (2)

0.09132

Gran Bretaña

Libra Esterlina

1.99090

Guatemala

Quetzal

0.13258

Guyana

Dólar

0.00489

Haití

Gourde

0.02564

Honduras

Lempira

0.05292

Hong Kong

Dólar

0.12817

Hungría

Forint

0.00663

India

Rupia

0.02332

Indonesia

Rupia (2)

0.10851

Irak

Dinar

0.00084

Islandia

Corona

0.01243

Israel

Shekel

0.29657

Jamaica

Dólar

0.01389

Japón

Yen

0.00944

Jordania

Dinar

1.41143

Kenya

Chelín

0.01546

Kuwait

Dinar

3.77358

Líbano

Libra (2)

0.66335

Libia

Dinar

0.91191

Lituania

Litas

0.45631

Malasia

Ringgit

0.30651

Marruecos

Dirham

0.13711

Nicaragua

Córdoba

0.05165

Nigeria

Naira

0.00849

Noruega

Corona

0.19727

Nueva Zelanda

Dólar

0.76220

Pakistán

Rupia

0.01470

Panamá

Balboa

1.00000

Paraguay

Guaraní (2)

0.25494

Perú

Nuevo Sol

0.33676

Polonia

Zloty

0.46946

Puerto Rico

Dólar

1.00000

Rep. Checa

Corona

0.06593

Rep. De Sudáfrica

Rand

0.12649

Rep. De Yemen

Rial

0.00503

Rep. Democrática del Congo

Franco

0.00181

Rep. Dominicana

Peso

0.02911

Rep. Islámica de Irán

Rial (2)

0.10823

Rumania

Leu (2)

0.04316

Serbia

Dinar

0.01995

Singapur

Dólar