CP_LIBRO_FIRMAS
mini_leaderboard_convencion
Logo IMCP
INICIOFOLIOSFOROS IMCPREVISTA CPTIENDA IMCP
 
 
Inicio
 
DOF 24 de Julio
escrito por DOF   
jueves, 24 de julio de 2008

Resumen de lo publicado en el Diario Oficial de la Federación:

 

Fecha Dependencia
Documento Concepto
24 de julio de 2008 Banco de México Indicadores Tipo de cambio para solventar obligaciones
denominadas en moneda extranjera pagaderas
en la República Mexicana.

Tasa de interés interbancaria de equilibrio
a 28 días.

Tasa de interés interbancaria de equilibrio
a 91 días.

Indice nacional de precios al consumidor.

BANCO DE MÉXICO

* Indicadores Económicos

• Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana $10.0552 M.N.

• Tasa de interés interbancaria de equilibrio (TIIE):

A plazo de 28 días, 8.4300 por ciento.

A plazo de 91 días, 8.6100 por ciento.



CUARTA SECCION
BANCO DE MEXICO

 

TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.

TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA
PAGADERAS EN LA REPUBLICA MEXICANA


Con fundamento en el artículo 35 de la Ley del Banco de México; en los artículos 8o. y 10o. del Reglamento Interior del Banco de México, y en los términos del numeral 1.2 de las Disposiciones Aplicables a la Determinación del Tipo de Cambio para Solventar Obligaciones Denominadas en Moneda Extranjera Pagaderas en la República Mexicana, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 1996, el Banco de México informa que el tipo de cambio citado obtenido el día de hoy conforme al procedimiento establecido en el numeral 1 de las Disposiciones mencionadas, fue de $10.0552 M.N. (DIEZ PESOS CON QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS DIEZMILESIMOS MONEDA NACIONAL) por un dólar de los EE.UU.A.

La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país.

Atentamente

México, D.F., a 23 de julio de 2008.- BANCO DE MEXICO: El Director de Disposiciones de Banca Central, Fernando Luis Corvera Caraza.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Nacionales, Carlos Pérez Verdía Canales.- Rúbrica.

TASA de interés interbancaria de equilibrio a 28 días.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.

TASA DE INTERES INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO


Según resolución de Banco de México publicada en el Diario Oficial de la Federación del 23 de marzo de 1995, y de conformidad con lo establecido en el Anexo 1 de la Circular 2019/95, modificada mediante Circular-Telefax 4/97 del propio Banco del 9 de enero de 1997, dirigida a las instituciones de banca múltiple, se informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días, obtenida el día de hoy, fue de 8.4300 por ciento.

La tasa de interés citada se calculó con base a las cotizaciones presentadas por: Banco Santander S.A., HSBC México S.A., Banco Nacional de México S.A., Banco Interacciones S.A., ING Bank México S.A., Banco Credit Suisse (México), S.A. y ScotiaBank Inverlat, S.A.

México, D.F., a 23 de julio de 2008.- BANCO DE MEXICO: El Director de Disposiciones de Banca Central, Fernando Luis Corvera Caraza.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Nacionales, Carlos Pérez Verdía Canales.- Rúbrica.

TASA de interés interbancaria de equilibrio a 91 días.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.

TASA DE INTERES INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO

Según resolución de Banco de México publicada en el Diario Oficial de la Federación del 23 de marzo de 1995, y de conformidad con lo establecido en el Anexo 1 de la Circular 2019/95, modificada mediante Circular-Telefax 4/97 del propio Banco del 9 de enero de 1997, dirigida a las instituciones de banca múltiple, se informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 91 días, obtenida el día de hoy, fue de 8.6100 por ciento.

La tasa de interés citada se calculó con base a las cotizaciones presentadas por: Banco Santander S.A., HSBC México S.A., Banco Nacional de México S.A., Banco Interacciones S.A., ING Bank México S.A., Banco Credit Suisse (México), S.A. y ScotiaBank Inverlat, S.A.

México, D.F., a 23 de julio de 2008.- BANCO DE MEXICO: El Director de Disposiciones de Banca Central, Fernando Luis Corvera Caraza.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Nacionales, Carlos Pérez Verdía Canales.- Rúbrica.
INDICE nacional de precios al consumidor.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.

INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 20-BIS del Código Fiscal de la Federación y conforme a
lo señalado en los artículos 8o. y 10o. de su Reglamento Interior, el Banco de México da a conocer, en relación con el Indice Nacional de Precios al Consumidor de junio de 2008, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de este mes, la información siguiente:

 

  CONCEPTO BASE: SEGUNDA QUINCENA
DE JUNIO DE 2002=100
a) Alimentos, bebidas y Tabaco ...................... 139.475
b) Ropa, calzado y accesorios ......................... 107.339
c) Vivienda ........................................................... 126.350
d) Muebles, aparatos y enseres domésticos ......................... 109.289
e) Salud y cuidado personal ............................ 125.016
f) Transporte ..................................................... 121.035
g) Educación y esparcimiento ....................... 134.730
h) Otros servicios ............................................ 132.183

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2. PRECIOS
Las cotizaciones de los precios correspondientes a los productos y servicios a que se refieren las fracciones I y II del artículo 20-BIS del Código Fiscal de la Federación, son las que se contienen en el anexo de esta publicación. Dichas cotizaciones se dan a conocer con la clave respectiva. Para identificar el concepto, la unidad y la especificación del producto correspondiente a cada clave, debe consultarse la publicación de este Banco de México relativa al Indice Nacional de Precios al Consumidor realizada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2002.

Las cotizaciones de los precios de alimentos se hicieron como mínimo tres veces durante el mes de que se trata y las demás se obtuvieron por lo menos una vez en el propio periodo.

Tales cotizaciones de precios dan lugar a índices de precios relativos, los cuales ponderados conforme a la fórmula que se contiene en el punto 4 de esta publicación, a su vez, dan por resultado los índices nacionales correspondientes a los distintos conceptos de consumo familiar.

3. PONDERACIONES
El Indice Nacional de Precios al Consumidor de cada mes se calcula utilizando para cada concepto de consumo familiar, las ponderaciones siguientes:
 

 

  Ponderaciones
Indice Nacional de Precios al Consumidor 100.00000
Alimentos, bebidas y tabaco 22.74156
Ropa, calzado y accesorios 5.59224
Vivienda 26.40994
Muebles, aparatos y enseres domésticos 4.85674
Salud y cuidado personal 8.57766
Transporte 13.40559
Educación y esparcimiento 11.53647
Otros servicios 6.87980

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Las ponderaciones apuntadas corresponden a la nueva base de cálculo del Indice Nacional de Precios al Consumidor que es la segunda quincena de junio de 2002 = 100, y permanecerán constantes durante la vigencia de dicha base de cálculo. Por definición, la fórmula de Laspeyres a que se refiere el punto siguiente no admite cambio en sus ponderaciones durante la vigencia de la base de cálculo del índice respectivo.

4. FORMULA DE LASPEYRES, CIUDADES, ESTADOS, ZONAS CONURBADAS Y RAMAS DE ACTIVIDAD ECONOMICA
La fórmula de Laspeyres, ciudades, estados, zonas conurbadas y ramas de actividad económica, son las que se dieron a conocer en el Diario Oficial de la Federación el 25 de julio de 2002.

5. INFORMACION ADICIONAL
El Banco de México conservará por seis meses las cotizaciones de precios utilizadas para calcular el Indice Nacional de Precios al Consumidor del mes de que se trate, las cuales estarán a disposición de los interesados que necesiten consultarlas. Dicha información así como cualquier otra relativa al mencionado índice podrá ser solicitada a la Subgerencia de Precios de este Banco Central.

México, D.F., a 15 de julio de 2008.- BANCO DE MEXICO: El Director de Precios, Salarios y Productividad, Javier Salas Martín del Campo.- Rúbrica.- El Director de Disposiciones de Banca Central, Fernando Luis Corvera Caraza.- Rúbrica.

 

ANEXO "A"
BANCO DE MEXICO
INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR
COTIZACIONES UTILIZADAS EN EL CALCULO DEL INDICE DE JUNIO DE 2008
PRECIO PROMEDIO EXPRESADO EN PESOS
 
Para ver el documento completo (Click Aquí)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
< Anterior   Siguiente >
 
 
 
Términos relevantes
Últimos Archivos
Icono de archivo Planeación Estratégica Presentación CEN Junta de Gobierno AS
(IMCP)

Icono de archivo Planeación Estratégica Presentación CEN Junio 2008 EOLA
(IMCP)

Icono de archivo Normas NEPC 8_2008
(Certificación)

Icono de archivo Boletín 3010 08_2008
(CONPA)

Icono de archivo Anexo Folio 130
(Folios (2008))

Icono de archivo Anexo Folio 129 Socios IMCP dictaminadores ante IMSS CPAs
(Folios (2008))

Boletín IMCP
Manténgase al día con nuestros
boletines informativos
ingrese aquí
 
 
Al visitar esta página, usted está de acuerdo con los Términos del Servicio
Copyright © 2008 IMCP ::: Instituto Mexicano de Contadores Públicos. All Rights Reserved. Todos los Derechos Reservados.