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Analizan especialistas deducciones del IETU |
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escrito por Mónica Ramírez
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lunes, 11 de agosto de 2008 |
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Especialistas actuariales consideran que los seguros de vida, de gastos médicos y los planes de pensiones sí son deducibles del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU).
Esto aunque en la ley de ese impuesto no estén consideradas estas prestaciones dentro del apartado de deducibilidad. Alfredo Villas Carbó, director de Servicios Actuariales y Consultoría en Capital Humano de Aon, explicó que por definición del IETU, las prestaciones que sean recibidas por el trabajador y que representen un ingreso para él no son deducibles.
"En este sentido, en el caso de los planes de pensiones, las aportaciones no son recibidas por el trabajador ni por la empresa, por lo que no significan un ingreso para ninguno de ellos. Por lo que éstas estarían libres de pagar IETU", indicó el experto.
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