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Se acompaña el proyecto de la “NORMA DE REVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD PROFESIONAL PARA CONTADORES PÚBLICOS DEDICADOS A LA PRÁCTICA INDEPENDIENTE”, la cual fue aprobada por el Comité Ejecutivo Nacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, en la sesión del 23 de mayo de 2008.
A la membresía del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.
1. Uno de los principales objetivos del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), es fomentar el prestigio de la profesión de Contadores Públicos, difundiendo el alcance de su función social y vigilando que la misma se realice dentro de los más altos estándares de responsabilidad, idoneidad y competencia profesional y moral en el cumplimiento y respecto de las disposiciones legales relacionadas con su actuación.
La normatividad del IMCP y la incluida en otras disposiciones de observancia general, emitidas por diversas autoridades, requieren que todos los Contadores Públicos y las Firmas a las que pertenezcan (Firmas), tengan políticas y procedimientos de control de calidad para todos los servicios profesionales que prestan y que estas políticas y procedimientos estén sujetos a un proceso de revisión continua. Para lograr esto, se ha implementado la Norma de Revisión de Control de Calidad Profesional para Contadores Públicos Dedicados a la Práctica Profesional Independiente.
2. Esta Norma está basada en el principio de que un sistema que incluye un proceso de vigilancia continua y de actualización profesional, es la manera más efectiva de obtener un desempeño de alta calidad en el desarrollo de las actividades de los Contadores Públicos y su propósito es el de establecer un mecanismo que permita al IMCP:
a) Comprobar que los Contadores Públicos dedicados a la práctica profesional de la Contaduría Pública independiente y que prestan sus servicios a través de una Firma o en forma individual, cumplan con las normas de calidad dictadas por el IMCP. Para este efecto, las Firmas deberán entregar al IMCP, una manifestación de cumplimiento con la Norma de Control de Calidad.
b) Emitir constancia de cumplimiento a favor de la Firma o de la persona que en forma individual preste servicios independientes, que haya cumplido en forma satisfactoria con los Programas de Control de Calidad.
3. Esta Norma tiene por objeto reglamentar las actividades que los socios miembros de los Colegios Federados en el IMCP, deben llevar a cabo para cumplir con los Programas de Control de Calidad Profesional para Firmas de Contadores Públicos, y aquéllas que las Asociaciones Federadas y el propio IMCP habrán de realizar para promover, facilitar, vigilar y controlar su cumplimiento.
4. Dada la importancia de esta Norma de Revisión de Control de Calidad Profesional; se propone que la misma inicie su vigencia a partir del 1° de enero de 2009, con el propósito de que se tenga una amplia difusión y preparación para su adopción; y que las revisiones de los Sistemas de Control de Calidad, se lleven a cabo en forma selectiva, anualmente y en todos los Colegios Federa-dos, a partir del 1° de enero de 2010.
El IMCP espera la nutrida participación de la membresía en este importante documento.
El plazo de auscultación de este proyecto concluye el 31 de octubre de 2008, por lo que las sugerencias y comentarios deben enviarse al domicilio del Instituto Mexicano de Contadores Públicos o al correo electrónico:
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, a la atención de la Vicepresidencia de Legislación.
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Atentamente,
C.P.C. Alfonso Infante Lozoya
Vicepresidente de Legislación
C.P.C José LuIs Franco Murayama
Presidente de la Comisión de Normas y
Procedimientos de Auditoría
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