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Qué puede ofrecer nuestra profesión
miércoles, 14 de diciembre de 2005
Indice de Artículos
Qué puede ofrecer nuestra profesión
Disposiciones éticas vigentes
Formación profesional
Conclusión y recomendaciones
Conclusión y recomendaciones
ImageLos muy nombrados servicios de “consultoría” que puedan ser prestados por despachos de Contadores Públicos, actualmente y desde hace mucho tiempo, salvo en el caso de las grandes firmas (las “Big 8” y ahora “Big 4”), prácticamente nunca han sido bien definidos, precisados o identificados como concepto genérico o específico.

1. Antecedentes

Sin embargo, con frecuencia podemos ver anuncios de nuestra profesión sobre conferencias, pláticas y artículos en nuestras revistas especializadas sobre la función del Contador Público como consultor y últimamente como “asesor de negocios”.

En esas expresiones hemos visto con sorpresa que, en ocasiones, se atribuyen habilidades que no solamente están fuera de nuestras capacidades teóricas o académicas, sino que caen claramente en el ámbito de otras profesiones; así, según hemos visto u oído, podemos asesorar en sistemas informáticos, administrativos, en aspectos legales y de negocios, así como en especializaciones propias o naturales de nuestra profesión, tales como son: auditoría y atestiguamiento, contabilidad, costos, finanzas y fiscal.

También es posible ver que el enfoque y amplitud de los servicios antes citados, cambia radicalmente dependiendo del expositor y/o profesional y su especialidad.

Por otro lado, puede observarse que en ciertas zonas o ciudades del interior de la República, los trabajos que se le solicitan a los Contadores Públicos, con frecuencia son propios de la simple teneduría de libros, de la presencia en arqueos y recuentos de existencias o inventarios, lo que nos hace pensar que hay un lamentable desperdicio de nuestras capacidades y habilidades reales.

En resumen, se aprecia una considerable indefinición en este asunto, puesto que esta solicitud de servicios variados realmente se presenta y, desde luego, se capta en nuestros colegas de la profesión un gran interés o deseo de servir a sus clientes; es clara la necesidad y conveniencia para la profesión de mostrar una posición definida, que oriente tanto a los colegas sobre los servicios que pueden ofrecer, como a los clientes sobre lo que realmente pueden esperar de nuestra actividad.

Consideramos que esta situación es peligrosa para la profesión y, sobre todo, para su imagen y prestigio. Es necesario aclararla, de preferencia normarla, establecer bases precisas y orientadoras. No debemos ostentarnos como expertos en todos los ámbitos de los negocios; es claro que la experiencia puede hacer que algunos colegas desarrollen habilidades que otros no tienen, también el que con el apoyo de profesiones afines o complementarias, alguna firma pueda ofrecer un tramo de servicios mayor o diferente a otras, pero no podemos aspirar a hacer creer a nuestros usuarios, de que todos somos capaces de hacer lo que nuestra preparación académica y el desarrollo natural de nuestra profesión no nos permite en condiciones normales.

Los servicios de la denominada “consultoría” y, más recientemente “asesoría de negocios” derivan, en primer lugar, de la demanda de servicios que los clientes solicitan a sus Contadores o Auditores y, en segundo lugar, a que en general se ha confundido la experiencia y sentido común, con la real o efectiva capacidad teórica y práctica.

No por el hecho de que un auditor externo examine el control interno contable y sugiera mejoras válidas, así como porque casi la totalidad de las actividades de una empresa se reflejen o deban reflejarse formalmente en la contabilidad, cuyas cifras puedan y deban ser revisadas por un auditor independiente, debe concluirse que somos expertos en administración, en el análisis y determinación de los objetivos, planes, programas, políticas, procedimientos o procesos de las diferentes y complejas funciones de nuestros clientes y/o en las estrategias de sus negocios.

Desde luego, no es posible ni deseable que los clientes dejen de acudir a su confiable Contador Público para los asuntos que estimen convenientes y éstos los atiendan, seguramente en la medida de sus capacidades y experiencia; pero, tampoco es conveniente que nuestras agrupaciones profesionales no se manifiesten y, en consecuencia, no presenten un claro concepto de lo que legítimamente son actividades propias de nuestra profesión.

Tratando de solventar esta situación, después de más o menos 25 años, se decidió volver a integrar nuevamente la “Comisión de Consultoría en Administración” que, durante los años 1960 a 1975, formuló y publicó varios boletines y organizó diversas conferencias y mesas redondas, que luego integraron otras publicaciones dedicadas a lo que en esa época se denominaba como “Consultoría en Administración”.

¿Quiénes realizaron lo anterior? Los promotores de esta inquietud fueron los despachos de contadores públicos existentes en esas fechas que sentían la necesidad, como ahora, de atender a sus clientes en los servicios muy variados que éstos les solicitaban y que muchas veces salían del ámbito de la contabilidad, costos, auditoría, finanzas, fiscal y otras áreas que en esa época y en la actual son propias de la Contaduría Pública.

Debemos ubicarnos en ese tiempo, cuando empezó la carrera de Licenciado en Administración y que un grupo importante de Contadores Públicos decidió cursarla, cuando las grandes firmas aún no prestaban servicios tan variados como lo hicieron posteriormente, en que la facturación por servicios de consultoría se llegó a equiparar con la de auditoría.

Lo interesante de lo antes mencionado, es el hecho de que desde su origen, seguramente por el grado de confianza que llegaban a lograr con sus clientes, los Contadores Públicos independientes y sus despachos, tuvieron y han tenido una constante demanda de servicios ajenos a su actividad natural, al grado que esa fue la base para que se desarrollaran grandes firmas de consultoría, independientes o como parte de los grandes despachos internacionales de Contadores Públicos, los cuales fueron desarrollando cada uno sus propias políticas y sistemas de trabajo.

Pero, ¿qué ha sucedido con las firmas medianas y pequeñas de Contadores Públicos? A diferencia de esas grandes firmas, práctica y substancialmente no ha pasado algo importante en el aspecto de consultoría o asesoría, ya que al igual que esa época, han seguido atendiendo, en la medida de su experiencia y capacidad, las solicitudes o demandas de sus clientes que, por cierto, les demuestran así una gran confianza.

Consecuentemente y con el objetivo de manifestar una posición clara en estos aspectos, esta Comisión retomó los boletines que se elaboraron hace 25 años por aquella inicial y bien intencionada Comisión de Consultoría en Administración y llegamos a la conclusión de que son excelentes publicaciones que, con excepción del nuevo ingrediente de los recursos informáticos y algunas otras variantes, tienen vigencia actual en cuanto a que el panorama de la problemática de esa época es similar al de ésta.

¿Qué pasa ahora? Consideramos que han pasado cosas muy significativas, que prácticamente han revolucionado los servicios de consultoría y acotado su oferta de servicios por parte de las firmas de Contadores Públicos; primero, el increíble desarrollo de la electrónica, que ha cambiado substancialmente la forma de procesar y controlar las diferentes operaciones, así como la generación de información analítica y sintetizada a una gran velocidad y con mayor seguridad y, segundo, los recientes desafortunados y escandalosos sucesos financieros tales como los de los consorcios de Enron y Parmalat, que cambiaron sustancialmente el enfoque de la prestación de los servicios de auditoría y consultoría, los cuales deben ser prestados con verdadera independencia y sin conflicto de interés; por lo tanto, en muchos casos se han vuelto servicios restringidos, por lo que deben ser prestados por otros organismos ajenos a la firma que presta los servicios de auditoría externa.

Con base en lo anterior, tal parece que la tendencia mundial, sobre todo en Estados Unidos de Norteamérica, es evitar que las firmas de dictaminadores externos de estados financieros, otorguen servicios adicionales, cuyos honorarios sean tan considerables, que su peso podría afectar los juicios sobre la calidad y veracidad de la información que deben presentar los estados financieros, induciéndolos hacia opiniones más flexibles o consentidoras de puntos que alteren la realidad de las operaciones y su reflejo en la contabilidad, que los clientes dictaminados pudieran desear que no se revelasen o que hagan pensar al público inversionista que así sucede, mermando la confianza en la información presentada.

En México ya existen también reglas como las establecidas en las Disposiciones de Carácter General aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores (Circular Única) emitida en marzo del 2003 por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

¿Qué se pretende con la reintegración de la Comisión de Consultoría? Orientar a la profesión, en especial a toda aquella que ejerce en forma independiente, que no forma parte de los grandes despachos y que es requerida por sus clientes, para la prestación de servicios adicionales a los tradicionales de muy variada naturaleza.

Primeramente, nos abocaremos a tratar de definir los tipos de servicios a que debemos enfocarnos, lo cual nos lleva a tratar de precisar cuáles son las áreas de especialización naturales en que el Contador Público puede desarrollarse como Consultor o Asesor, en base a su preparación académica; y, posteriormente, trataremos de precisar los requisitos mínimos que debe cubrir el Contador Público que pretenda o se vea en la necesidad de ejercer como Consultor o Asesor, dentro del marco ético establecido en nuestra profesión.

Enseguida se describen las principales consideraciones que motivaron el desarrollo de este documento:

a)    ¿Por qué se decidió reiniciar la actual Comisión de Consultoría, o sea, existe realmente una necesidad a cubrir?

b)     ¿Cuál debe ser el título más adecuado para esta Comisión? Pues, es obvio que no somos expertos en administración y no debemos utilizar el nombre de “Consultoría en Administración”.

c)     ¿Solamente debe enfocarse a las firmas medianas y pequeñas de Contadores Públicos, excluyendo a las grandes? Sabemos que estas últimas integraron equipos con enfoques multidisciplinarios, en los que participan profesionales de otras ramas, tales como Licenciados en Administración, en Derecho, en Economía y en Mercadotecnia, Psicólogos, Actuarios, Ingenieros Industriales y en Sistemas, entre otros.

d)     ¿Debe ser simplemente una Comisión orientadora de las actividades de consultoría o asesoría de negocios, o debe ser también normativa?

e)     ¿Deben encuadrarse o limitarse los servicios de consultoría o asesoría, propios del Contador Público, de acuerdo a su preparación académica y experiencia práctica? O bien, ¿pueden ampliarse hacia todos aquellos en que para poder prestarlos sea necesario contar con profesionales de otras especialidades, ya que son solicitados por los clientes, aunque no sean propios de nuestras capacidades profesionales originales? ¿En qué casos es válido y justificable? ¿Qué requisitos deben cumplirse?

f)     ¿Cuáles son las limitaciones que existen o deben existir en nuestra profesión, respaldadas por la ética profesional, así como otras disposiciones (por ejemplo, la Circular Única antes citada en México o la Ley Sarbanes-Oxley en el caso de EE.UU.), que se están estableciendo con motivo de los escándalos financieros?



 
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