LEADERBOARD_PODER_ESCUCHAN
Banner AMECE 276x90
Logo IMCP
INICIOFOLIOSFOROS IMCPREVISTA CPTIENDA IMCP
 
 
Inicio
 
104/2003-2004 Dictámenes Fiscales 2003, presentados...
lunes, 04 de octubre de 2004

Folio No.: 104/2003-2004

Asunto: Dictámenes Fiscales 2003, presentados en forma extemporánea

 A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP

Acompaño comunicado elaborado por la Comisión Representativa del IMCP, ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT,concerniente a la presentación extemporánea de los Dictámenes Fiscales, correspondientes al ejercicio 2003, y emitidos por Contador Público Registrado, ante la Administración General de Auditoría Fiscal Federal (AGAFF).

Agradeceré la pronta difusión de esta información entre su membresía.

Les envío a ustedes un cordial saludo.

 

Atentamente,

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

C.P.C. Antonio Flores Fernández
Presidente

c. c. Comité Ejecutivo Nacional 2003-2004

Septiembre 30, 2004

Dictámenes fiscales del ejercicio 2003, presentados en forma extemporánea

La Comisión Representativadel IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT informa a la membresía que delas gestiones que han llevado a cabo con las autoridades hacendarías, les han confirmado verbalmente que emitieron una normatividad interna dirigida a los Administradores Locales de Auditoría en la que se indica que los dictámenes fiscales del ejercicio 2003 presentados hasta el 2 dejulio del 2004, se considerarán presentados en tiempo.La petición formal que hizo el Instituto al Lic. Mario Cantú Suárez fue que las autoridades extendieran el plazo hasta el 12 de julio.

De acuerdo con el texto de un oficio que están emitiendo las Administraciones Locales a los contribuyentes que presentaron su dictamen fiscal del 3 de julio en adelante, se considerarán“extemporáneos” y, por lo tanto, no surtirán efectos legales y los exhorta a que en lo futuro presenten su dictamen fiscal en el plazo autorizado.

Las autoridades hacendarias nos confirmaron verbalmente que los dictámenes presentados fuera de tiempo al no surtir efectos legales, no gozarán de los beneficios a que tienen derecho los contribuyentes en los términos del Código Fiscal de la Federación, principalmente el relativo al beneficio dela revisión secuencial, consignado en el artículo 52-A del propio Código Fiscal.

Asimismo, nos indicaron que en el caso de los dictámenes presentados fuera del plazo antes mencionado, no habrá sanciones ni para los contribuyentes ni para los Contadores Públicos, ya que aunque presentaron el dictamen fiscal fuera del plazo establecido, no fue requerido por parte de la autoridad.

Las autoridades hacendarias nos ofrecieronconfirmar todo lo anterior por escrito, por lo que en cuanto tengamos el oficio respectivo, lo haremos del conocimiento de la membresía.

 

 Atentamente,

 Comisión Representativa del IMCP ante las
Administraciones Generales de Fiscalización del SAT

 
< Anterior   Siguiente >
 
 
 
Términos relevantes
Últimos Archivos
Icono de archivo Revista CP Nov/2008
(Revista CP)

Icono de archivo Acciones ante Efectos Económicos
(IDC)

Icono de archivo Segunda de Votación Estatutos 26_11_08
(IMCP)

Icono de archivo Anexo DOF 28_11_08 (SHCP)
(DOF 2008)

Icono de archivo Anexo DOF 28_11_08 (SENER)
(DOF 2008)

Icono de archivo Boletín de Prensa IMCP 26_11_08
(Boletín de Prensa)

Boletín IMCP
Manténgase al día con nuestros
boletines informativos
ingrese aquí
 
 
Al visitar esta página, usted está de acuerdo con los Términos del Servicio
Copyright © 2008 IMCP ::: Instituto Mexicano de Contadores Públicos. All Rights Reserved. Todos los Derechos Reservados.